El Gobierno promulgó el 6 de octubre una modificación al Código Procesal Penal que amplía el plazo considerado para determinadas situaciones de flagrancia. La medida forma parte de la Agenda Contra el Crimen Organizado y el Terrorismo y busca entregar más herramientas a las policías durante las primeras horas posteriores a un delito.
Qué cambia en los plazos
De acuerdo con la información publicada por el Ejecutivo, el plazo pasa de 12 a 24 horas cuando la detención es practicada por Carabineros o la Policía de Investigaciones. Para la Autoridad Marítima, se extiende hasta 48 horas.
La modificación se relaciona con hipótesis como encontrar a una persona con objetos o señales vinculados al delito, el señalamiento de víctimas o testigos presenciales y la identificación mediante registros audiovisuales. Su aplicación depende de los supuestos legales correspondientes.
El papel de las cámaras de seguridad
La normativa también permite que las policías soliciten directamente a los propietarios de sistemas de televigilancia la entrega voluntaria de grabaciones, sin requerir instrucciones previas del fiscal para efectuar esa solicitud. Esto incluye sistemas instalados en viviendas y comercios.
El carácter voluntario de la entrega es un detalle central del cambio informado por el Gobierno.
Qué puede significar para hogares y negocios
Como reflexión práctica, esta noticia destaca la utilidad de contar con registros que permitan reconstruir un incidente: imágenes disponibles, horarios identificables y una administración ordenada del sistema pueden facilitar la colaboración ante una solicitud policial.
La ampliación del plazo constituye una herramienta para la persecución penal. Su impacto deberá evaluarse a partir de los procedimientos y resultados, sin asumir que el cambio normativo asegura, por sí mismo, una reducción de la delincuencia.