¿Qué requisitos necesito para trabajar como guardia de seguridad en Chile?

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Si estás pensando en comenzar a trabajar como **guardia de seguridad en Chile**, una de las primeras dudas que probablemente tengas es qué requisitos debes cumplir y qué documentos necesitas.

Actualmente, esta actividad está regulada principalmente por la **Ley N.º 21.659 sobre Seguridad Privada** y su reglamento. La normativa establece requisitos generales que deben cumplir las personas que desarrollen labores de seguridad privada, incluidos los guardias de seguridad.

Te los explicamos de manera sencilla.

Ser mayor de edad

El primer requisito es bastante directo: para desempeñarte como guardia de seguridad debes **ser mayor de 18 años**.

La mayoría de edad se acredita mediante la cédula de identidad. Es una de las condiciones generales establecidas en el artículo 46 de la Ley N.º 21.659.

Contar con enseñanza media o su equivalente

Otro requisito importante es haber cursado la **educación media o su equivalente**, lo que debe acreditarse mediante el correspondiente certificado de estudios emitido por el Ministerio de Educación.

Existe además una alternativa importante para quienes no completaron tradicionalmente la enseñanza media: la Subsecretaría de Prevención del Delito ha establecido que también puede considerarse equivalente la aprobación del **examen de equivalencia de estudios para fines laborales**, de acuerdo con la normativa del Ministerio de Educación.

Por lo tanto, no siempre haber dejado inconclusa la enseñanza media significa que una persona quede automáticamente excluida de esta actividad.

Tener condiciones físicas y psíquicas compatibles con el cargo

La ley también exige contar con condiciones físicas y psíquicas compatibles con las labores que se van a realizar.

Estas condiciones se acreditan mediante certificados emitidos por profesionales de la salud habilitados. El reglamento establece que la condición física debe ser certificada por un médico cirujano, mientras que las condiciones psíquicas deben ser acreditadas por un médico psiquiatra o psicólogo inscrito en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud.

En el caso de los guardias de seguridad, estas condiciones deben volver a acreditarse periódicamente conforme a los plazos establecidos por el reglamento.

Cumplir con los requisitos de antecedentes

Para desempeñarse en seguridad privada también existen exigencias relacionadas con los antecedentes de la persona.

Entre otras condiciones, la ley establece que el postulante **no debe haber sido condenado por crimen o simple delito**, ni por determinados actos de violencia intrafamiliar. También contempla restricciones relacionadas con determinadas acusaciones, sanciones vinculadas a la seguridad privada y otras situaciones expresamente señaladas por la normativa.

Algunos de estos antecedentes se acreditan mediante certificado de antecedentes y otros mediante declaraciones juradas o certificados específicos.

Por eso, cada caso debe revisarse conforme a los requisitos establecidos por la legislación y no solamente basándose en la idea general de “tener o no antecedentes”.

Comprender y comunicarse en castellano

La normativa exige también que quienes trabajen en seguridad privada puedan **comprender y comunicarse en idioma castellano**.

Esto tiene mucho sentido considerando que un guardia debe recibir instrucciones, registrar novedades, comunicarse con trabajadores y visitantes y reaccionar correctamente frente a distintas situaciones durante su jornada.

¿Puedo trabajar como guardia si soy extranjero?

Sí. Una persona extranjera puede desempeñarse como guardia de seguridad en Chile siempre que cumpla los requisitos generales establecidos por la normativa.

Además, específicamente para personas extranjeras, la Ley N.º 21.659 exige contar con **residencia definitiva en Chile**.

Los certificados de estudios obtenidos en el extranjero también deberán presentarse debidamente legalizados o apostillados cuando corresponda.

Aprobar la capacitación correspondiente

Cumplir con los requisitos personales es solamente una parte del proceso.

Quien quiera ejercer como guardia debe además **aprobar los exámenes de los cursos de capacitación exigidos por la normativa de seguridad privada**. Este requisito también se encuentra expresamente incluido en el artículo 46 de la Ley N.º 21.659.

Una vez aprobado el proceso correspondiente, el certificado de aprobación sirve como parte de los antecedentes necesarios para obtener la autorización para ejercer.

¿Quién autoriza actualmente a una persona para trabajar como guardia?

Este es un punto importante porque el sistema de seguridad privada cambió con la nueva legislación.

Actualmente, para desempeñarse como guardia de seguridad se debe contar con una **autorización emitida por la Subsecretaría de Prevención del Delito**. Esta autorización se formaliza mediante una resolución y da origen a una licencia personal e intransferible que consta en la respectiva credencial de guardia de seguridad.

Por esta razón, aunque muchas personas continúan hablando popularmente de la “credencial OS10”, es importante conocer cómo funciona actualmente el sistema establecido por la Ley N.º 21.659.

Entonces, ¿qué necesito para comenzar?

En términos sencillos, si quieres convertirte en guardia de seguridad debes partir verificando que cumples los **requisitos personales y de antecedentes**, acreditar tu nivel educacional, realizar y aprobar la capacitación correspondiente y completar el procedimiento necesario para obtener la autorización que te permita ejercer legalmente.

La seguridad privada se ha ido profesionalizando cada vez más, por lo que conocer estos requisitos desde el comienzo puede evitar trámites innecesarios y ayudarte a iniciar correctamente tu camino laboral.

En **SIC Informa** queremos explicar la normativa de seguridad privada de una manera sencilla y cercana, para que guardias, empresas y trabajadores puedan comprender mejor sus derechos, obligaciones y responsabilidades.

**Karen Sánchez**
*SIC Informa · SIC Seguridad*

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